Regulan transporte de pasajeros durante la cuarentena (D.S: 002-2021-MTC)
Con el fin de facilitar el transporte de las personas que necesiten movilizarse durante el periodo de confinamiento dispuesto por el gobierno se dictaron medidas mediante el Decreto Supremo N° 002-2021-MTC, en el se dispone lo siguiente:
Aforo al servicio de transporte
Provincias Nivel Alerta Extremo.- El servicio de transporte regular de personas en ámbito provincial se realiza con un aforo del 50% del número de asientos indicados en su Tarjeta de Identificación Vehicular – TIV y únicamente se puede utilizar los asientos contiguos a la ventana.
En los vehículos pertenecientes al sistema integrado de transporte, el aforo corresponde al 100% de los asientos indicados en su TIV, además de tener en cuenta la RM 385-2020-MTC/01 y sus modificatorias para el caso de los buses articulados
Provincias con Nivel de alerta Muy Alto, Alto y Moderado.- el servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito provincial se realiza transportando únicamente usuarios sentados, no permitiendo un aforo mayor al de la TIV.
Transporte terrestre interprovincial de pasajeros
Se autoriza excepcionalmente hasta el 02.02.21 el transporte terrestre interprovincial de pasajeros que se encuentran en las provincias de nivel alerta extrema, bajo la siguiente porcentaje de frecuencia:
FECHA – FRECUENCIA
01.02.21 – 50%
02.02.21 – 25%
Puedes leer el Decreto Supremo aquí