RAF Turismo: unas 30 mil empresas pueden aplazar y/o fraccionar sus deudas

El plazo para acogerse a este beneficio es hasta el 30 de junio

Unas 30 mil empresas del sector turismo que tuvieran deudas con el Tesoro Público y El Seguro Social de Salud (EsSalud) tienen la oportunidad de aplazarlas hasta por 12 meses y/o fraccionarlas hasta por 36 meses, para aliviar su situación financiera, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

Este beneficio se otorga con una tasa de interés preferencial mensual de 0.27%, lo que permitirá a estas empresas la opción de concentrar sus recursos en la progresiva reactivación de sus negocios
La mayor parte de estas empresas que pueden acogerse a esta facilidad se encuentran ubicadas en las regiones de Cusco (10,700), Lima (5,600), Puno (1,900), Arequipa (1,462) y San Martin (1,297). 

Este beneficio está a disposición de las empresas del sector turismo que fueron informadas por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), y cuyos ingresos anuales no superaron las 2300 UIT (9 millones 660 mil soles) en el año 2019. 

El RAF Turismo es para los prestadores de servicios turísticos, entre ellos, los servicios de hospedaje, agencias de viajes y turismo, agencias operadoras de viajes y turismo, de transporte turístico, guías de turismo, restaurantes, centros de turismo termal y/o similares, servicios de turismo de aventura ecoturismo o similares; así como los artesanos.

Trámite online

El plazo para presentar las solicitudes de acogimiento al RAF – Turismo vence el 30 de junio próximo y se realiza a través de Internet, con el propósito de reducir el costo para el contribuyente y el tiempo de atención del trámite.

Para formalizar la solicitud, se debe ingresar a Sunat Operaciones en Línea con el Código de Usuario y la Clave SOL. Luego seleccionar la opción “Solicito Fraccionamiento RAF – Turismo” y dentro de ella el Formulario Virtual N° 1706 – “Formulario Virtual de Fraccionamiento – RAF – Turismo”.

Cabe indicar que el solicitante debe obtener previamente la deuda personalizada, una vez obtenida, ésta se cargará en el Formulario Virtual N° 1706. Luego se debe elegir si se acoge al aplazamiento, fraccionamiento o aplazamiento y fraccionamiento.

+ posts