Beneficios tributarios para arrendadores de comerciantes en el cercado de lima

La Municipalidad Metropolitanta de Lima, a través de la Ordenanza Nº 2322-2021, dispuso otorgar beneficios tributarios a aquellos propietarios de locales que suscriban contratos de arrendamiento con comerciantes en proceso de formalización en el Cercado de Lima, además de cumplir otro requisitos.

BENEFICIOS

Exoneración del 50% del monto insoluto de los Arbitrios que se determinen al predio materia del contrato de arrendamiento, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza.

Condonación del 100% del interés moratorio generado por la deuda vencida del Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular, Impuesto de Alcabala, Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos, Impuesto a los Juegos e Impuesto a las Apuestas. Tratándose del Impuesto de Alcabala, la aplicación de los beneficios será únicamente respecto de las transferencias de propiedad de bienes inmuebles ubicados en el Cercado de Lima.

Condonación del 100% del interés moratorio generado por la deuda vencida de los Arbitrios Municipales correspondientes al predio materia del contrato de alquiler.

Condonación del 50% del monto insoluto de las multas tributarias impuestas antes de la entrada en vigencia de la presente ordenanza y del 100% del interés moratorio aplicado a las mismas.

Exoneración del pago del derecho de trámite del procedimiento de solicitud de licencia de funcionamiento que se genere.

Es importante mencionar que para ser considerados vendedores formales o en proceso de formalización deberan recibir capacitaciones por parte de la Gerencia de Desarrollo Económico, quien además será la oficina encargada de evaluar y determinar la viabilidad del las solicitudes.

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