Contratos de trabajo deben ser firmados antes del inicio de labores

Sunafil brinda algunos alcances sobre el tema

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó que los contratos de trabajo deben ser firmados antes de la fecha del inicio de labores.

Así lo ha señalado, luego de que algunos empleadores obviaran el derecho de sus trabajadores y procedieran recién a firmarlo luego de superado el período de prueba, o colocando fechas distintas al inicio del vínculo laboral.

“El empleador no debe exigirles a sus trabajadores la suscripción de contratos fuera de fecha, pues de no suscribir un contrato al inicio de la relación laboral la naturaleza de la contratación será indeterminada”, señaló Fabiola Rueda, subdirectora de prevención y asesoría de la Sunafil.

Los contratos de trabajo son acuerdos de voluntades entre un trabajador y un empleador, donde se dispone que el primero realizará un trabajo subordinado a cambio de una remuneración.

Fabiola Rueda también recordó que los empleadores deben darles una copia del contrato a sus trabajadores en el plazo de tres días hábiles. Cabe señalar que los contratos de trabajo pueden ser presentados como un medio probatorio, en caso de que el trabajador decida formular una denuncia posterior ante la Sunafil.

Certificados de trabajo

El empleador debe emitir un certificado de trabajo dentro de las 48 horas posteriores en las que el trabajador dejó de laborar.

“Este es el plazo que tiene el empleador para hacer entrega de este documento al trabajador, además de su liquidación”, explicó Fabiola Rueda.

Los trabajadores que deseen hacer consultas sobre este tema, pueden llamar al 390-2800, opción 1, o ingresar al aplicativo web Sunafil Responde, ingresando al siguiente enlace:

aplicativosweb5.sunafil.gob.pe/si.consultasLaborales/consulta/consultaLaboral

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