Ejecutivo autoriza nuevas reprogramaciones a créditos “Reactiva Perú”
Hasta el 30 de setiembre de 2023 empresas financieras podrán atender solicitudes de reprogramación
El Gobierno autorizó excepcionalmente a las entidades del sistema financiero, hasta el 30 de setiembre del presente año, a brindar nuevas reprogramaciones de los créditos concedido bajo el programa “Reactiva Perú”
Así lo determinó a través del Decreto de Urgencia Nº 029-2023 publicado hoy en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano.
En la primera disposición complementaria final, la norma autoriza, excepcionalmente, hasta el 30 de setiembre de 2023 a las empresas del sistema financiero a brindar nuevas reprogramaciones y períodos de gracia para aquellas empresas que hayan reprogramado sus créditos conforme a lo establecido en el artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 011-2022.
El Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial adecúa el Reglamento Operativo del Programa “Reactiva Perú”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 134-2020-EF/15, a lo dispuesto en el párrafo anterior, en un plazo no mayor de 15 días calendario, contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia.
Gobiernos regiones podrán invertir en universidades públicas
En la segunda disposición complementaria final, la norma autoriza, a los Gobiernos Regionales para que excepcionalmente ejecuten inversiones, relacionadas a los servicios de Educación Superior Universitaria, con cargo a los recursos transferidos en virtud del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 020-2023.
La inversión se realizará previa suscripción de convenio entre el Gobierno Regional y la universidad pública de su región, que establezca la inversión o inversiones a ejecutar, en el marco de la autonomía universitaria prevista en el artículo 18 de la Constitución Política del Perú.
Asimismo, se establece que los Gobiernos Regionales que implementen lo dispuesto en el numeral precedente, presentarán la actualización de la Ficha para la proyección de gasto multianual de proyectos prioritarios y estratégicos GRL 2024 – 2033, en los casos que corresponda, a través de un oficio firmado por el Titular del Pliego dirigido a la Dirección General de Presupuesto Público adjuntando dicha Ficha, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario posteriores a la vigencia de la presente norma.
Los Gobiernos Regionales asumen la responsabilidad de ejecutar o co-ejecutar las inversiones a las que se refiere el numeral 1 de la presente disposición, hasta su culminación, liquidación y cierre en el Banco de Inversiones.
Una vez suscrito el convenio entre el Gobierno Regional y la universidad pública de su región, en el marco de su autonomía, y asignados los recursos a las inversiones relacionadas a los servicios de Educación Superior Universitaria, que serán ejecutadas o co-ejecutadas por los Gobiernos Regionales en el marco de la presente disposición, dichas inversiones se incorporan en la cartera de inversiones del Programa Multianual de Inversiones del Gobierno Regional.
Asimismo, los Gobiernos Regionales asumen la condición de Unidad Formuladora y Unidad Ejecutora de Inversiones de las inversiones relacionadas a los servicios de Educación Superior Universitaria que formen parte del convenio a suscribirse entre la Universidad y el Gobierno Regional, en el marco de la presente disposición.
La Contraloría General de la República en el marco del Sistema Nacional de Control, verifica el cumplimiento de lo establecido en la presente disposición.
Reactivación económica
El Decreto de Urgencia Nº 029-2023 tiene por objeto dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera, para el Año Fiscal 2023, a fin de impulsar la economía familiar de las personas en situación de vulnerabilidad y la reactivación del sector turismo.
También el referido decreto brinda facilidades de pago para las empresas que tienen créditos reprogramados bajo lo establecido por el Decreto de Urgencia Nº 011-2022; y autoriza a los Gobiernos Regionales para ejecutar inversiones correspondientes a los servicios de Educación Superior Universitaria en universidades públicas.
La norma lleva la rúbrica de la presidenta de la República, Dina Boluarte Zegarra; el jefe del Gabinete ministerial, Luis Alberto Otárola; el ministro de Comercio Exterior y Turismo, Juan Carlos Mathews; el ministro de Desarrollo e Inclusión Social, Julio Demartini; el ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras Miranda; y la ministra de Educación, Magnet Carmen Márquez.