Perú dispone no aplicar salvaguardia a importaciones de confecciones

Se tomó en consideración un informe del Indecopi

El Poder Ejecutivo dispuso la no aplicación de la medida de salvaguardia definitiva sobre las importaciones de confecciones, luego de considerar un informe del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).

Mediante Decreto Supremo Nº 002-2023-MINCETUR, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se publicó esta decisión tras conocerse el informe de la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias del Indecopi, que no permite acreditar los requisitos necesarios para la aplicación de medidas de salvaguardia definitivas.

Las salvaguardias son una modalidad de restricción del comercio internacional ante la presencia de un daño o posible daño a un determinado sector de la economía. Se trata del aumento de aranceles a los productos de otros países, para que el consumidor nacional opte por consumir lo de su país, es decir, le quitan el atractivo monetario a un producto extranjero, pues lo vuelven más costoso.

En los considerandos de la norma se recuerda que el 24 de diciembre del 2021, la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias del Indecopi, dispuso el inicio de oficio de un procedimiento de investigación a las importaciones de confecciones en materia de salvaguardias que ingresan bajo los capítulos 61, 62 y 63 del Arancel Nacional de Aduanas, que comprenden un total de 284 subpartidas arancelarias.

Dicha comisión emitió el Informe Técnico N° 042-2022/CDB-INDECOPI, donde señala que, sobre la base de la información y pruebas que han sido recogidas, no es posible concluir que la rama de producción nacional ha experimentado un daño grave a causa de las importaciones de confecciones en el período enero 2016 – junio 2021.

Por ello, recomienda dar por concluido el procedimiento de investigación sin recomendar la aplicación de medidas de salvaguardias definitivas sobre las importaciones investigadas.

El mencionado informe del Indecopi fue notificado a la Comisión Multisectorial el 2 de agosto del 2022, la cual está conformada por el ministro de Economía y Finanzas, el ministro de Comercio Exterior y Turismo y el ministro del sector al que pertenezca la rama de producción nacional afectada.

La citada Comisión Multisectorial, en su sesión del 23 de febrero del 2023, concluyó que el Informe Nº 042-2022/CDB-INDECOPI no permite acreditar los requisitos necesarios para la aplicación de medidas de salvaguardia definitivas sobre las importaciones de confecciones.

El presente decreto supremo se publica en las sedes digitales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce).

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