¿Cómo celebrar un contrato de arrendamiento durante el Estado de Emergencia?

Se debe considerar los escenarios de “fuerza mayor”

El sector inmobiliario ha sido uno de los más golpeados por la emergencia sanitaria; en el caso de los arrendamientos, muchos se han visto truncados debido al escenario de fuerza mayor generado por la emergencia sanitaria.

“Aproximadamente, el 30% de los contratos de alquiler de locales comerciales en el Perú fueron resueltos anticipadamente debido a la restricción de actividades económicas impuesta por el Estado de Emergencia”, señala la abogada del Estudio Linares Abogados, Carla Montes.

“También, porque, en varios casos, las partes no pudieron acordar una renegociación del pago de la renta”, agrega.
La especialista sostiene que cuando existe un buen contrato de arrendamiento tanto arrendadores como inquilinos se encuentran protegidos ante diversas circunstancias.

Por tanto, a continuación detalla cinco pautas a tener en cuenta para celebrar un contrato de alquiler durante la pandemia:

1) Obligaciones de pago

Para empezar, se debe fijar el monto de la renta así como la fecha exacta de pago, además de establecer a quién le corresponde, si al arrendador o al arrendatario, realizar el pago del mantenimiento del inmueble, de los arbitrios, del impuesto predial, entre otros.

Se debe establecer también las penalidades en caso de incumplimiento para ambas partes, así como las causales de resolución del contrato.

2) Uso del inmueble

“Es imprescindible identificar con claridad las características del bien que será arrendado y el uso que se le dará, si será una vivienda o un local comercial”, explica la especialista. 

Refiere que lo más adecuado es indicar el estado en que se encuentra el inmueble y suscribir en el contrato si presenta algún desperfecto.

3) Escenarios de fuerza mayor

“Casos fortuito o de fuerza mayor, como el que vivimos con la actual pandemia, nos obligan a ser mucho más específicos en este tipo de contratos”, señala Carla Montes.

Por eso, recomienda que el contrato incluya cláusulas que establezcan porcentajes o montos de reducción del alquiler ante la contingencia de no poder darle uso al inmueble.

4) Resolución de controversias

No olvidar especificar la vía por la cual se resolverá cualquier tipo de controversia que pueda surgir. Las únicas dos vías que existen son la judicial o la arbitral.

“En el actual contexto, muchos arrendadores de locales comerciales han debido renegociar con sus arrendatarios el pago de la renta, pues una buena parte de ellos no ha podido hacer uso del mismo por varios meses y generar los ingresos necesarios cumplir con el pago. En efecto, el mejor camino es conciliar y llegar a un nuevo acuerdo que sea conveniente para ambas partes, y así evitar recurrir a la vía judicial”, expresa la abogada.

5) Cláusulas de allanamiento

Por último, Montes subraya como importante incluir en el contrato las cláusulas de allanamiento futuro y de desalojo notarial o ‘express’, lo cual ayudará al arrendatario a recuperar el inmueble en caso exista una negación del inquilino de devolverlo.

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