Conoce cinco ventajas que se obtienen al formalizar los negocios

La informalidad es uno de los principales problemas de las empresas en el Perú. En la actualidad, según datos oficiales, esta situación afecta al 66% de compañías nacionales, en su mayoría micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), entre las que figuran cientos de bodegas.

En el caso específico de los bodegueros, ¿por qué no optan por formalizar sus negocios? Los argumentos expuestos por estos emprendedores para justificar su decisión son diversos.

Las explicaciones van desde creencias como que la formalización afectará negativamente a sus actividades comerciales, hasta que reducirá sus ganancias. En otros casos, no se formalizan porque, simplemente, desconocen el proceso para hacerlo.

De acuerdo con Víctor Guaylupo, líder la Escuela de Negocios de Arca Continental Lindley, se puede inferir entonces que hay dos grandes motivos por los cuales los emprendedores no se mueven al a formalización: el miedo y el desconocimiento.

Víctor Guaylupo precisa que, muy por el contrario de lo que se suele pensar, la formalización trae consigo una serie de beneficios que ayudan a impulsar a los emprendimientos locales. El experto identificó las cinco principales ventajas de dejar la informalidad:

– Acceso a regímenes tributarios especiales y laborales.

– Mayor inclusión financiera, a través del otorgamiento de créditos.

– Aumento de la credibilidad frente a los proveedores.

– Ordenamiento de las finanzas.

– Faculta a las empresas para integrarse a asociaciones legalmente constituidas.

“Formalizarse permite a los emprendedores gozar de los beneficios de la Ley del Bodeguero. Es decir, podrán pagar menos impuestos, tramitar su licencia de funcionamiento con mayor facilidad, acceder a seguridad social (SIS y EsSalud), y a supervisión y financiamiento bancario. También tienen mayores facilidades para ser parte de capacitaciones y de asistencia técnica”, indica Víctor Guaylupo.

Pasos para la formalización

El especialista señala que, para lograr formalizarse, los bodegueros deben determinar, en primer lugar, la figura de su emprendimiento.

Es decir, si se trata de una persona natural con negocio (un solo dueño, y no hay separación entre el patrimonio personal y el de su proyecto) o de una persona jurídica (un titular o más socios, responsabilidad limitada, y separación de patrimonios), una vez definido ello, las bodegas están listas para la formalización.

En el caso de las personas naturales con negocio solo deben registrarse en la Sunat, obtener su RUC y gestionar su licencia de funcionamiento. Mientras que, en las personas jurídicas, el procedimiento –que es más amplio– comienza con elegir una de las cuatro modalidades empresariales existentes en el mercado: E.I.R.L., S.R.L., S.A.C. y S.A.

“Luego, deben seguir un proceso ante la Sunarp, entidad en la que tendrán que reservar su razón social, presentar los documentos de las personas que formarán la empresa, indicar su objeto social, precisar el capital del negocio y emitir una declaración jurada. Ello les permitirá constituir su empresa para el posterior trámite de su licencia de funcionamiento”, detalla Víctor Guaylupo.

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