Gobierno crea fondo de S/ 200 millones para apoyar a mypes de textil y confección

Garantizarán créditos para capital de trabajo, adquisición de activos fijos y/o consolidación financiera

El Ejecutivo aprobó hoy la creación del Fondo de Apoyo Empresarial para el sector textil y confección (FAE-Texco) con 200 millones de soles, para garantizar créditos para capital de trabajo; adquisición de activos fijos; y/o consolidación financiera y compra de deuda, otorgados a las micro y pequeñas empresas (mypes) del sector textil y confección.

Así se dispone en el Decreto de Urgencia Nº 012-2022 publicado en el Boletín de Normas Legales del Diario El Peruano. 
 
El dispositivo autoriza a la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide), en su calidad de fiduciario del Fondo de Apoyo Empresarial a la Mype (FAE-Mype), creado mediante Decreto de Urgencia N° 029-2020, a transferir a favor del FAE-Texco la suma de 200 millones de soles del saldo disponible no comprometido del FAE-Mype. 
 
Subraya que con esta asignación se otorgará garantías a la cartera de créditos hasta por cuatro veces el valor de esos recursos, esto es, hasta por 800 millones de soles. 
 
De este modo, el Decreto de Urgencia establece medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, que promuevan el financiamiento de las mypes del sector textil y confección, considerando que vienen siendo afectadas por el encarecimiento y escasez de insumos, así como por el incremento del costo de financiamiento, a efectos de promover su fortalecimiento empresarial y crecimiento. 
 
Señala que junto con la garantía del FAE-Texco, Cofide otorgará créditos a las empresas del sistema financiero (ESF) y cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público que se encuentren en el Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público a cargo de la Superintendencia de Banca, Seguro y Administradoras Privadas de Fondo de Pensiones (Coopac). 
 
La garantía del FAE-Texco para Cofide es por el 100% de la cartera generada por el otorgamiento de créditos de dicha entidad a favor de las ESF o Coopac. 
 
 
Límite de garantía  
 
Precisa que el límite de la garantía individual que otorga el FAE-Texco a los créditos destinados para capital de trabajo, activo fijo y/o consolidación financiera y compra de deuda, otorgados por las ESF y Coopac para las mype, se aplica de acuerdo con la siguiente cobertura: 
 
a) Hasta S/ 10,000 con una cobertura de 95% de la cartera por deudor.  
 
b) Desde S/ 10,001 hasta S/ 50,000 con una cobertura de 80% de la cartera por deudor.  
 
c) Desde S/ 50,001 hasta S/ 100,000 con una cobertura de 70% de la cartera por deudor.  
 
Agrega que la garantía se activa a los 90 días calendario de atraso en el pago de los créditos otorgados y la honra se realiza dentro de los 30 días calendario siguientes de requerida la activación por la ESF o Coopac. 
 
 
Criterios para la elegibilidad 
 
Son elegibles como beneficiarios del FAE-Texco, las mype que desarrollen actividades de fabricación de productos textiles y fabricación de prendas de vestir, quienes:  
 
a) Obtengan financiamiento revolvente y/o no revolvente para capital de trabajo; adquisición de activos fijos, como maquinaria y equipos; y/o consolidación financiera y compra de deuda, a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto de Urgencia, según los parámetros establecidos por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) para créditos a microempresas y pequeñas empresas;  
 
b) Se encuentren clasificadas en la central de riesgo de la SBS en la categoría “Normal” o “Con Problemas Potenciales” (CPP) al momento de la aprobación del crédito a ser garantizado.  
 
c) También pueden resultar beneficiarios aquellos que no cuenten con historial crediticio y, por tanto, no tengan clasificación al momento de la solicitud del crédito, previa evaluación de la entidad financiera.  
 
Para las unidades productivas sin Registro Único de Contribuyentes (RUC), el Ministerio de la Producción implementa medidas para impulsar su formalización empresarial previo al acceso a financiamiento.  
 
Se precisa que no son elegibles quienes se encuentren vinculados a las empresas del sistema financiero o COOPAC, así como aquellas comprendidas en el ámbito de la Ley Nº 30737, Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado Peruano en casos de corrupción y delitos conexos, así como cualquier persona o ente jurídico sometido a procesos por delitos de corrupción y conexos o cuyos representantes estén siendo investigados por dichos delitos. 
 
Así, quedan exceptuados los créditos de las personas o entes jurídicos que hayan cumplido con el pago total de la reparación civil a que hubiera lugar y tengan la condición de habilitadas para contratar con el Estado. 
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